El Decreto Fiscale (ES: Decreto Fiscal) 2026, publicado en la Gazzetta Ufficiale (ES: Boletín Oficial italiano) el 1 de abril, introduce modificaciones significativas en el calendario de pagos y en el régimen IVA para el Terzo Settore (ES: Tercer Sector). Las medidas afectan a contribuyentes individuales, startups innovadoras y organizaciones sin ánimo de lucro. La prórroga de los pagos representa la principal novedad para millones de contribuyentes italianos. Paralelamente, la reforma fiscal rediseña el tratamiento del IVA en sectores hasta ahora exentos, con impacto directo sobre asociaciones y cooperativas sociales. Para quienes valoran Italia como destino fiscal, estos cambios modifican el panorama de cumplimiento normativo y costes operativos.
Italia
El Decreto Fiscale desplaza los plazos de pago de saldo y anticipos del 30 de junio al 20 de julio de 2026. Según lo publicado en Fiscomania el 6 de junio, quienes paguen antes de esa fecha no sufren recargos. Quienes opten por el aplazamiento al 20 de agosto pagan un recargo del 0,4%, un incremento respecto al 0,3% aplicado en años anteriores. Para contribuyentes con rentas de trabajo autónomo o empresarial, la prórroga ofrece 20 días adicionales de liquidez sin coste. El recargo de agosto sigue siendo reducido: sobre un pago de 10.000 EUR, el extra es de 40 EUR. El mecanismo favorece a quienes tienen flujos de caja irregulares en el segundo trimestre. La reforma del IVA para el Terzo Settore, anticipada por QuotidianoPiù el 26 de enero, introduce una alícuota del 5% sobre servicios sociosanitarios y educativos antes exentos. Las organizaciones con facturación superior a 65.000 EUR deben adaptar sus sistemas de facturación antes del 1 de enero de 2027. La exención se mantiene para entidades con ingresos por debajo de ese umbral, pero la documentación exigida para acreditar el requisito aumenta. Compara tu situación con Italia → Las nuevas normas sobre contratación, en vigor desde el 7 de junio según Informazione Fiscale, simplifican las obligaciones para startups y pymes innovadoras. El régimen de minimis (ES: régimen de ayudas de mínimos), confirmado por el Ministero delle Imprese (ES: Ministerio de Empresas italiano) el 1 de mayo, permite ayudas estatales de hasta 300.000 EUR en tres años para empresas inscritas en el registro especial. El acceso requiere balance certificado y al menos el 15% del gasto en I+D sobre el total de costes operativos. Para fundadores extranjeros que consideran Italia, el decreto mantiene el régimen agevolato per lavoratori impatriati (ES: régimen de incentivos para trabajadores impatriados): exención fiscal del 50% sobre rentas del trabajo durante cinco años, ampliable a diez con hijos a cargo o adquisición de inmueble. La combinación con los incentivos de minimis reduce la carga fiscal efectiva para startups tecnológicas por debajo del 20% en los primeros años. Los buoni pasto (ES: vales de comida), modificados por la Legge di Bilancio (ES: Ley de Presupuestos italiana) según Il Sole 24 ORE del 14 de enero, ven cómo el límite de exención fiscal sube a 8 EUR para vales electrónicos (frente a 4 EUR para los en papel). Los empleadores pueden deducir el 100% del coste, lo que convierte los buoni pasto en un instrumento fiscalmente eficiente para compensar a empleados sin aumentar la cuña fiscal. El resumen para quienes valoran Italia: el sistema fiscal 2026 ofrece flexibilidad en los pagos e incentivos orientados a la innovación, pero introduce una complejidad administrativa creciente para organizaciones sin ánimo de lucro y pymes. La carga fiscal nominal sigue siendo elevada (tipo marginal IRPEF al 43% por encima de 50.000 EUR), pero los regímenes agevolato per lavoratori impatriati y de minimis reducen el impacto efectivo para perfiles cualificados. La estabilidad normativa sigue siendo el punto débil: tres reformas fiscales en dieciocho meses exigen asesoramiento continuo para mantener el cumplimiento normativo.